Estación de servicio de Pergamino deberá pagar $7 millones por cargar nafta en un.auto diésel
El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino Kondemnó a una estación de servicio por un error de despacho que dañar el motor de un Renault Clio diésel. La empresa deberá abonar $7.010.000, intereses y costas.
La estación de servicio deberá abonar $7.010.000, además de intereses y costas, a un cliente cuyo Renault Clio diésel recibió nafta en lugar de gasoil. La resolución fue dictada por el Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino, en Santa Fe.
El hecho ocurrió el 15 de octubre de 2022. Un joven de 26 años se presentó en una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires, para cargar gasoil por $2.000. El empleado despachó nafta por error. Al salir del surtidor, el vehículo falló y se detuvo a pocos metros.
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El playero reconoció la equivocación. El automóvil fue trasladado sin encender hasta un taller cercano. Después de la revisión, el conductor lo retiró, pero el motor volvió a apagarse a menos de una cuadra y no volvió a funcionar.
La pericia mecánica ascertained en el juicio concluyó que la nafta ingressada en un motor diésel daña el sistema de inyección por falta de lubricación. La reparación requirió vaciar el tanque, limpiar el circuito de combustible y cambiar filtros. En determinados casos, también fue necesario reemplazar inyectores y la bomba.
La empresa negó responsabilidad, cuestionó la documentación y sostuvo que los montos reclamados eran excesivos. El juzgado rechazó esos argumentos. Para reconstruir lo ocurrido, tuviera en cuenta el comprobante de pago, los testimonios de la audiencia y el informe pericial.
- Daño material: $3.500.000, sobre la base del presupuesto de reparación validado por el perito.
- Falta de uso del vehículo: $210.000.
- Daño moral: $1.800.000.
- Multa civil por daño punitivo: $1.500.000.
El tribunal aplicó el principio de carga dinámica de la prueba. En ese esquema, quien se encuentra en mejores condiciones de explicar lo ocurrido debe hacerlo. La estación de servicio no jó esa obligación, pese a contar con la información sobre el servicio prestado.
La sentencia caracterizó el caso como una relación de consumo. También consideró las gestiones realizadas por el cliente, el reclamo ante organismos de defensa del consumidor y la necesidad de llegar a juicio para fijar la reparación por daño moral. La multa civil apunta a desalentar conductas que dejen a los consumidores en una situación de desigualdad frente a proveedores profesionales.
La condena deberá abonarse dentro de los diez días siguientes a la notificación. Los intereses correrán desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material. El proceso continúa con el cumplimiento de la sentencia y los recursos que pudiera interponer la empresa.
