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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Un proyecto en el Congreso alcanzaría con Ganancias a los CEDEARs comprados desde el 31 de octubre de 2026

La iniciativa eliminaría la exención que hoy beneficia a los certificados que replican activos extranjeros, con una alícuota del 15 por ciento y sin efecto retroactivo sobre las carteras ya armadas.

Por Ramiro AráozEconomía y producción · · hace 1 h
Un proyecto en el Congreso alcanzaría con Ganancias a los CEDEARs comprados desde el 31 de octubre de 2026

Un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento parlamentario propone aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, los certificados que permiten invertir en activos extranjeros desde el mercado local argentino. Hoy esos instrumentos gozan de una exención, y la iniciativa buscaría modificar ese esquema para equipararlo con la compra directa de los mismos activos en el exterior.

Qué son los CEDEARs y por qué ganaron espacio

Los CEDEARs se compran y venden en el mercado argentino, pero representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan fuera del país. Su precio responde a la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y también al valor del dólar financiero. Esa combinación les permitió ganar popularidad entre ahorristas e inversores que buscan una forma de dolarizarse sin salir del sistema local.

El criterio que propone el proyecto

Según la propuesta, si el activo que está detrás de un certificado hubiera estado gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa quedaría alcanzado por el mismo tratamiento. El criterio se conoce como transparencia fiscal, o look-through, y apunta a que ambas vías de acceso a un mismo activo tengan igual costo impositivo. Hoy, quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias, mientras que quien accede al mismo activo mediante un CEDEAR puede quedar exento.

Los datos principales de la propuesta

  • Alícuota prevista: 15 por ciento, según la estimación del especialista en tributación Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios.
  • Fecha de corte: el régimen alcanzaría a los CEDEARs adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026.
  • Alcance temporal: el cambio no sería retroactivo y no modificaría las posiciones tomadas con anterioridad a esa fecha.
  • Estado actual: el proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley.

Qué pasaría con los inversores que ya tienen posiciones

El impacto concreto dependerá, para un inversor minorista, del rendimiento que obtenga y del momento en que haya realizado cada compra. Las carteras armadas antes del 31 de octubre de 2026 no cambiarían de situación con la propuesta vigente, ya que la norma no tiene efecto hacia atrás. En cambio, las adquisiciones posteriores a esa fecha quedarían bajo el nuevo tratamiento si la ley finalmente se aprueba.

Mientras el proyecto no complete su tránsito parlamentario, el régimen de exención permanece vigente y no se modifica la situación fiscal de los CEDEARs.

RA
Ramiro AráozEconomía y producción

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