Concesionarias de autos: el nuevo esquema salarial rige desde octubre y se revisa en enero
SMATA y ACARA acordaron montos nominales diferenciados por categoría para el último trimestre del año, con un incremento complementario en diciembre y una nueva revisión por inflación en enero.
Los vendedores de planes de ahorro y los vendedores itinerantes de repuestos que se ubican en la primera franja de la escala perciben desde octubre un básico de $1.073.088,67. Ese valor es el punto de partida de un acuerdo que alcanza a todo el personal del sector bajo el convenio colectivo de trabajo 99/23, con efecto desde el 1 de octubre.
La paritaria fue firmada por el sindicato SMATA y la cámara de concesionarios ACARA, y cubre el período octubre-diciembre. A diferencia de otros acuerdos, no se aplicó un porcentaje único para todos los escalafones: cada categoría recibe un monto nominal propio, lo que hace que la comparación entre puestos deba hacerse sobre las cifras fijadas en el texto.
Escalas, comisiones y dotación
- Octubre y noviembre: la escala arranca en $1.073.088,67 para la primera franja y sube a $1.099.915,89 en la siguiente.
- Diciembre: se suma un incremento complementario sobre los valores base de cada categoría.
- Comisión: el personal de ventas conserva una comisión mínima garantizada del 0,5 por ciento sobre el precio de venta libre de tributos.
- Dotación: las empresas deben encuadrar al menos el 10 por ciento de su personal en los dos escalafones más altos del convenio.
Beneficios adicionales
El acuerdo también actualiza un conjunto de beneficios. La antigüedad se reconoce con una escala que comienza en el 3 por ciento a los dos años de servicio y llega al 39 por ciento a los 26 años. Quienes acrediten dominio de un idioma extranjero cobran un suplemento del 4 por ciento sobre el básico, y quienes posean título habilitante, del 10 por ciento. Para los trabajadores que cumplen tareas en Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur se fija un plus del 20 por ciento por zona desfavorable.
El convenio incorpora además compensación por transporte, sea público o propio, una asignación vacacional equivalente a 130 horas anuales y subsidios por fallecimiento de familiares directos, calculados sobre la categoría máxima del escalafón. El acta fue derivada a la Secretaría de Trabajo para su homologación, aunque las partes precisaron que el acuerdo es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial.
En enero, SMATA y ACARA volverán a reunirse para medir la inflación registrada entre octubre y diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional sobre los salarios fijados para el trimestre.
