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Viernes, 16 de octubre de 2026
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Salarios rurales de octubre: el peón general percibe 1.235.833,53 pesos como básico y una suma no remunerativa adicional

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario actualizó la escala para el personal permanente de prestación continua, con un incremento del 2,71% sobre el básico respecto de septiembre. Las remuneraciones mínimas varían según la tarea, la antigüedad y la zona, e incluyen adicionales específicos para cosecha, fitosanitarios, cáñamo y riego.

Por Ramiro AráozEconomía y producción · · hace 12 d
Salarios rurales de octubre: el peón general percibe 1.235.833,53 pesos como básico y una suma no remunerativa adicional

El peón rural que se desempeña como personal permanente de prestación continua percibirá, durante el mes de octubre de 2026, un salario básico mensual de 1.235.833,53 pesos, al que se suma un componente no remunerativo de 12.465 pesos, configurando así una remuneración inicial de 1.248.298,53 pesos antes de incorporar los adicionales que correspondan por antigüedad, zona o particularidades de la tarea. De este modo, la escala acordada en el seno de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) fija, para la categoría más extendida del trabajo agrario, un piso salarial que se ubica por encima del millón doscientos mil pesos en su componente básico.

En términos de variación intermensual, el básico del peón general experimentó un incremento aproximado del 2,71% en comparación con el valor vigente en septiembre, lo que equivale a una diferencia de 32.646,95 pesos entre ambos períodos. Traducido: cada trabajador comprendido en esta categoría incorporó, por el sólo hecho del ajuste acordado, algo más de treinta y dos mil pesos en su remuneración básica respecto del mes inmediato anterior, sin contabilizar aún el impacto de la suma no remunerativa ni de los adicionales que pueda percibir según su situación particular. La comparación contra la campaña anterior permite dimensionar el ritmo de actualización: se trata de un escalón porcentual moderado, alineado con la dinámica habitual de las negociaciones paritarias del sector, que se aplican de forma escalonada a lo largo del año.

Antigüedad, zona y adicionales que moldean el recibo

  • Antigüedad: hasta diez años, la bonificación equivale al 1% del básico por cada año trabajado; una vez superado ese umbral, el adicional se eleva al 1,5% anual.
  • Zona austral: los trabajadores comprendidos que se desempeñan en Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur perciben un adicional del 20% sobre las remuneraciones mínimas.
  • Escala diaria para el peón general: jornal de 54.368,02 pesos, con un componente no remunerativo de 548,37 pesos.
  • Cuota de solidaridad: los trabajadores alcanzados por el convenio aportan un 2% mensual sobre las remuneraciones sujetas a aportes, conforme lo previsto en el acuerdo.

Tareas específicas: cosecha, fitosanitarios, cáñamo y riego

La estructura salarial del trabajo agrario contempla diferencias sustanciales según la actividad y la categoría desempeñada. En el segmento de cosecha, los tractoristas y maquinistas dedicados de forma exclusiva a la recolección de granos y oleaginosas perciben un básico mensual de 1.892.406,17 pesos, al que se adicionan 19.087,40 pesos en carácter no remunerativo, mientras que su jornal diario se ubica en 83.365,17 pesos, con un componente no remunerativo de 840,85 pesos.

En materia de aplicación de fitosanitarios, la escala diferencia entre el peón auxiliar y el conductor de equipos autopropulsados. El primero percibe un básico de 1.999.956,44 pesos y una suma no remunerativa de 20.172,18 pesos; el segundo, en tanto, alcanza un básico de 2.890.011,27 pesos y un adicional no remunerativo de 29.149,55 pesos. Para la actividad de cáñamo, el operario de campo no calificado tiene fijado un básico de 1.351.719,10 pesos, en tanto que el calificado percibe 1.377.852,55 pesos. Finalmente, en el segmento de riego, el operador de riego presurizado de las provincias de Catamarca y La Rioja cuenta con un básico de 1.422.831,64 pesos y una suma no remunerativa de 14.351,12 pesos.

De esta manera, la escala salarial del trabajo agrario para octubre de 2026 refleja un esquema de remuneraciones mínimas que se ajusta por categoría, por tipo de tarea, por antigüedad y por zona geográfica, ofreciendo un marco de referencia que las partes han acordado en el ámbito de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario y que constituye el piso sobre el cual cada empleador deberá liquidar las retribuciones correspondientes.

RA
Ramiro AráozEconomía y producción

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